pilar.com.ar

 
  • Aumentar fuente
  • Fuente predeterminada
  • Disminuir fuente
Home Vivir en Pilar novedades vivir MMGB - Arbitrario Fallo de la Cámara Civil contra Susan Murray y a favor Irene Hurtig.

MMGB - Arbitrario Fallo de la Cámara Civil contra Susan Murray y a favor Irene Hurtig.

E-mail Imprimir PDF



Arbitrario fue el término utilizado por la Corte Suprema cuando anuló una condena anterior por considerarla “arbitraria” y lesiva de la “libre manifestación del pensamiento”, pero ahora la Cámara Civil volvió a fallar igual. El abogado de Murray, Pablo Masud, ya presentó un recurso. En octubre de 2003, Murray –amiga de María Marta– contó a los medios que “no le cerraba” la actuación de la familia de la mujer asesinada en 2002 en el country Carmel. Ante esto, Hurtig la demandó. Un primer fallo de la Cámara Civil condenó a Murray a pagarle 20.000 pesos . Pero en 2011 la Corte lo revocó y ordenó que dictara uno nuevo, atendiendo lo que ocurría en la causa penal por el crimen de María Marta. Allí, el viudo de la víctima fue condenado a perpetua por matarla y, el año pasado, tres familiares (incluido el marido y el hermano de Irene Hurtig ) fueron condenados por encubrirlo. Además, los fiscales del caso pidieron la detención (no concedida) de la propia Irene.

 

La Cámara Civil condenó a Susana Murray de Prilick a indemnizar con 20 mil pesos a Irene Hurtig de Bartoli por la “afectación al honor” que le produjera a esta última las declaraciones realizadas en tres medios de comunicación. La emparentó con el caso García Belsunce.

La sala J de la Cámara Civil, con las firmas de Zulema Wilde y Beatriz A Verón -la otra integrante de la sala Marta del Rosario Mattera no suscribió ya que se excusó- condenó a Susana Murray de Prilick (presidenta de Missing Children) a indemnizar con 20 mil pesos a Irene Hurtig de Bartoli por haberla nombrado como sospechosa del homicidio de María Marta García Belsunce en varias entrevistas publicadas en medios de comunicación.

Hurtig inició las acciones legales contra Murray (“Hurtig de Bartoli, Irene c/ Murray de Prilick, Susana s/ Daños y perjuicios”) con el objetivo de lograr una reparación por el daño moral que le provocó las declaraciones de esta realizadas en diversos medios de Comunicación “en las cuales la involucra difusamente” en el asesinato de María Marta García Belsunse. Las declaraciones fueron publicadas en octubre del 2003 en la web del diario “La Nación”; en la revista “Noticias” de noviembre del mismo año y en la revista “Gente” de abril del 2004.

En primera instancia se hizo lugar hace parcialmente a la demanda y se condenó a Murray a indemnizar con 9500 pesos a Hurtig. Tras las apelaciones el caso llegó a la Cámara y la sala I elevó el monto de la condena a 20 mil pesos. Luego la causa recaló en la Corte Suprema de Justicia que en abril del 2011 dispone el dictado de un nuevo fallo y que por sorteo recayó en la sala J.

Entre las declaraciones realizadas por Murray se ecuentran, entre otras: “La actuación de la familia no me cierra, pero, en realidad, deseo que haya sido un desconocido”; “empecé a poner en claro cosas que antes no me cerraban –sostiene Murray-. Cuando supe que la habían asesinado, me volvieron imágenes del velatorio que me produjeron cierto rechazo”. Y por ultimo “cuando subo a la habitación donde estaba MM veo que había tres mujeres como riéndose. No las conocía, repito. Pero me generó rechazo. Pero tiempo después pude comprobar que una de esas mujeres era Irene”.

Del análisis de estas frases la Cámara Civil sostuvo que “se desprende el halo de duda, sospecha, e intriga que la demandada hace recaer sobre la familia de la asesinada, que como hermana, la Sra. Hurtig forma parte”, así como, “como la repulsa que produjo la actitud de la actora a la hora del velatorio, que bien, justifica afectado su honor”.

Según consta en la causa, las cuestiones tratadas en este proceso dio inició también a una querella penal por injurias que culminó con la extinción de la acción penal por prescripción y sobreseimiento de Murray.

Lo que, para los jueces, “no impide a fin de determinar la responsabilidad civil, que se juzgue la culpa cuasidelictual de la partícipe del hecho” ya que Murray al ser presidente de “Missing Children” “permite inferir –sin temor a errar- que por su ilustración comprende perfectamente el alcance y la trascendencia de sus expresiones”.

Razón por la cual “aquí, no está en juego la libertad de prensa” sino que “está afectado… el honor de la actora por manifestaciones hechas por la demandada difundidas en tres masivos medios periodísticos”, explican los magistrados.

“El hecho luctuoso que recayó sobre la Sra. García Belsunce es de interés público, pero no, de juzgamiento público” agregan y concluyen: “las innecesarias expresiones vertidas por la demandada, de gran difusión pública, no pueden ser sino consideradas cuanto menos de una grave imprudencia generadoras de responsabilidad civil”.

¿Como 'innecesarias expresiones'?, estas juezas no parece que hayan tenido en cuenta, que era amiga de María Marta, compañera de trabajo en la ONG, que muchas de sus sospechas se verificaron en sede judicial y que aun falta el juicio MMGB3.

Comentarios
Añadir nuevo Buscar RSS
Escribir comentario
Nombre:
Email:
 
Título:
Código UBB:
[b] [i] [u] [url] [quote] [code] [img] 
 
 

3.26 Copyright (C) 2008 Compojoom.com / Copyright (C) 2007 Alain Georgette / Copyright (C) 2006 Frantisek Hliva. All rights reserved."

  Countries, Barrios cerrados y condominios
El agua en Pilar

   

Compartir

Banner
Banner
Banner
Banner